El Gobierno Nacional publicó en el boletín oficial la reglamentación de los nuevos programas de Potenciar Trabajo.
A fines de febrero, el Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial el Decreto 198/2024
(https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/decreto-198-2024-396928), por el que se
transformó el Programa Potenciar Trabajo en un programa de inclusión laboral. Según el decreto
suscripto por el presidente, Nicolás Posse y la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello, este
beneficio será sustituido por dos: «Volver al Trabajo» y «Acompañamiento Social».
Este miércoles, a través de la Resolución 84 del Ministerio de Capital Humano, se reglamentaron
con 3 anexos los detalles que completan la norma publicada respecto ambos programas.
Bajas en Potenciar Trabajo 2024
Una de las cuestiones llamativas que surge de estas nuevas exigencias que los beneficiarios serán
dados de baja inmediata en caso de “incurrir en actos de violencia o alteración del orden
público” (tal como lo expresa la reglamentación de ambos programas). En atención a ello, si los
beneficiarios realizan protestas en la vía pública o bloqueos de accesos, puentes y/o rutas sería uno
de los motivos para que se den de baja estos beneficios sociales.
Textualmente, los Anexos de los programas descritos expresan:
«Son causales de egreso del programa: (…) 1. El que impidiere, estorbare o entorpeciere el normal
funcionamiento de los transportes por tierra, subterráneo, agua o aire o no permitiere a terceros
movilizarse libremente por la vía pública, será egresado del programa en forma inmediata
procediéndose a suspender el pago del beneficio. 2. Incurrir en actos de violencia que importen la
alteración del orden público, que hayan sido notificados de manera fehaciente por los organismos
competentes».
Volver al Trabajo inscripción 2024
Tal como la misma reglamentación determina, el plan Volver al Trabajo tiene por objetivo “desarrollar
y consolidar competencias socio laborales en los participantes que les permita alcanzar un nivel de
empleabilidad inicial real y mejorar sus oportunidades de inserción laboral a través de su
participación en actividades de formación laboral, prácticas formativas en ambientes de trabajo,
certificación de competencias y participación asistida en el desarrollo de emprendimientos
productivos individuales o asociativos”.
Requisitos:
-Personas de entre 18 y 49 años
-Ingresos que no superen tres Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM), es decir no más de
$600.000 (actualmente)
Acompañamiento Social: requisitos e inscripción 2024
El programa de Acompañamiento Social será destinado según el borrador mencionado a “promover
la inclusión social y la mejora de las condiciones de vida de las personas pertenecientes a los
hogares con mayor grado de exclusión y vulnerabilidad social, apuntando a fortalecer su núcleo
familiar y la comunidad en donde viven”. Estará a cargo de la Secretaría Nacional de Niñez,
Adolescencia y Familia
Solo serán incluidos en este programa:
-Mujeres y hombres de cincuenta (50) años y más en condiciones de vulnerabilidad.
-Mujeres con cuatro (4) hijos o más menores de dieciocho (18) años.
-Titulares pertenecientes a Unidades de Gestión dependientes del Poder Ejecutivo Nacional que
se encuentren vinculados a situaciones especiales
Dentro de las líneas de acción programática también se buscará la asistencia alimentaria de estos
grupos y la preparación para el retiro por jubilación. Las personas que se encuentren en el año
inmediatamente anterior al retiro laboral recibirán contención para llevar los tramites jubilatorios y
serán acompañadas facilitándose información y herramientas sobre el trámite jubilatorio y esta
nueva etapa.
Nuevo Potenciar Trabajo: compatibilidad de Volver al Trabajo
y Acompañamiento Social
Los dos nuevos programas son compatibles con algunas prestaciones que entrega la Anses:
-Asignación Universal por Hijo (AUH)
-Asignación Universal por Embarazo para Protección Social (AUE)
-Prestaciones económicas o materiales de naturaleza habitacional (Mi Pieza – Subsidio
Habitacional)
-Prestaciones de carácter alimentario (Tarjeta Alimentar)
-Trabajadores independientes (hasta 3 SMVM y 1 SMVM en el caso del Programa
-Acompañamiento Social), también quienes se encuentren inscriptos en el Monotributo Social,
-Monotributo categoría A y B, C (en el caso de Volver al Trabajo)
-Trabajadores dependientes registrados bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para
el Personal de Casas Particulares y Régimen Rural ley 26.727 (contratos discontinuos y
temporarios).
Por otra parte, ambos serán incompatibles con:
-Perciban un subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación
otorgada por el Estado Nacional, Provincial, Municipal o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires (BECAS PROGRESAR)
-Sean titulares de más de 1 bien inmueble
-Sean titulares de un automotor, embarcaciones y/o aeronaves, cuya antigüedad sea menor a
10 años.
-Jubilados y/o pensionados no contributivos y/o PUAM o cobren prestaciones por desempleo.
-Hayan viajado al exterior tiempo suficiente que impida cumplir con la contraprestación
correspondiente o a destinos que no guarden relación con su situación de vulnerabilidad.
-Hayan realizado gastos y/o consumos dentro y fuera del país con tarjetas de crédito y/o débito
y/o billeteras virtuales en los últimos SEIS (6) meses, cuyo promedio mensual supere el monto
equivalente al Salario Mínimo, Vital y Móvil (en el caso del Programa de Acompañamiento
Social).
-Sean titulares de un automotor, embarcaciones y/o aeronaves, cuya antigüedad sea menor a
DIEZ (10) años
Tanto el “Volver al Trabajo» como el «Acompañamiento Social» solo alcanzarán para el universo total
de beneficiarios vigentes PROGRAMA NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIO-PRODUCTIVA Y DESARROLLO
LOCAL conocido como Potenciar Trabajo. Es decir, no serán una base abierta ni una propuesta de
universalización de los programas sociales y tendrá un lapso de duración solo de veinticuatro
meses.
Monto de Potenciar Trabajo 2024
En los dos programas el monto será el mismo que se ha pactado para el Potenciar Trabajo PESOS
SETENTA Y OCHO MIL ($78.000), sin especificar aún modo de actualización de la prestación, siendo
compatible con la percepción de otros ingresos por parte de los restantes integrantes de su grupo
familiar.